El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) ha elaborado una propuesta para modificar diversos artículos del actualXNT reglamento de la Ley de relaciones colectivas de trabajo, entre ellos algunas disposiciones referidas al procedimiento y requisitos para el registro de las organizaciones sindicales.El objeto es evitar filtraciones de organizaciones ilícitas. Por ello, el registro sindical no será de aprobación automática, sino posterior, estableciéndose un plazo de revisión de los requisitos formales exigidos por la ley.De modo que, ante la existencia de hechos evidentes que acrediten que el fin de un sindicato ha devenido en ilícito, la autoridad laboral procederá de forma excepcional a la suspensión de su registro. Esta medida extraordinaria estará sujeta a control judicial.Fuente: El peruanoFecha: 06.05.2014
MTPE: se alistan mejoras al procedimiento para el registro de sindicatos
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