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MTPE busca restringir parcialmente la tercerización laboral

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo se encuentra elaborando un proyecto de Decreto Supremo que busca acabar con la tercerización de labores consideradas ‘’nucleares’’ en el marco de la actividad de las empresas. La propuesta solo tendría efectos para el sector público. Entérese los detalles en la presente nota.

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) se encuentra preparando un proyecto de Decreto Supremo que plantea una serie de medidas a fin de restringir parcialmente el uso de la tercerización laboral.

¿Qué propone el proyecto?

La propuesta modifica el DS Nº 006-2008-TR, el cual aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29245 y del Decreto Legislativo Nº 1038, que regulan los servicios de tercerización.

A través de dicha modificación, se busca que la tercerización laboral no pueda ser empleada sobre el ‘’núcleo principal’’ del negocio de las empresas, es decir, sobre labores que formen parte de su actividad principal.

Asimismo, la propuesta plantea que las empresas tendrían un plazo de 180 días para adecuarse a las nuevas disposiciones. En este plazo se deberá garantizar la continuidad de los contratos de trabajo.

En opinión del especialista laboralista Fernando Varela, la propuesta limitaría las actividades pasibles de ser tercerizadas, lo que ocasionaría un perjuicio económico a las empresas, por la generación de sobrecostos no proyectados. Así también, las empresas tercerizadoras que brindan servicios considerados ‘’núcleo del negocio’’ se verían obligadas a detener su actividad, y eso conllevaría a su posible liquidación.

Solo para el sector público

La propuesta inicial del proyecto indicaba que la medida solo afectaría a empresas pertenecientes al sector privado. No obstante, la titular del MTPE, Betssy Chávez, señaló que la norma solo generaría efectos en el sector público.  

Al respecto, Jorge Toyama, especialista en derecho laboral, explicó al portal Gestión que el proyecto tendría un efecto nocivo sobre las empresas que se especializan en la tercerización de servicios para organismos y empresas estatales, lo que afectaría la calidad de los servicios públicos. Asimismo, podría ser inconstitucional en tanto afectaría la libertad empresarial estatal.

Sobre la tercerización laboral

Cabe recordar que la tercerización laboral es la contratación de empresas a fin de que estas desarrollen actividades especializadas u obras, siempre que siempre que ‘’aquellas asuman los servicios prestados por su cuenta y riesgo; cuenten con sus propios recursos financieros, técnicos o materiales; sean responsables por los resultados de sus actividades y sus trabajadores estén bajo su exclusiva subordinación’’. Ello acorde al artículo 2 de la Ley Nº 29245, Ley que regula los servicios de tercerización.

Fuente: La Ley

Fecha: 22/02/2022

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.