Tipo de Norma: Resolución de Superintendencia
Número de Norma: N° 000295-2022/SUNAT
Fecha de Publicación: Sábado, 31 de diciembre de 2022
Mediante la presente disposición, la Sunat establece los límites de ingresos aplicables para solicitar la excepción de realizar pagos a cuenta y la suspensión de efectuar retenciones por rentas de la cuarta categoría, correspondientes al Ejercicio Gravable 2023 considerando lo siguiente:
- No obligados a efectuar pagos a cuenta por rentas de cuarta categoría – periodo 2023:
Cuyos ingresos por rentas de cuarta categoría o las rentas de cuarta y quinta categoría percibidas en el mes. | No superen S/3,609,00 mensuales |
Quienes tengan funciones de directores de empresas, síndicos, mandatarios, gestores de negocios, albaceas o similares y perciban rentas por dichas funciones y además otras rentas de cuarta y/o quinta categorías | No superen S/2,888,00 mensuales |
- Límite de ingresos para solicitar a la Sunat autorización para la suspensión de las retenciones y/o pagos a cuenta durante el ejercicio 2023
Sujetos que perciben rentas de rentas de cuarta categoría antes y a partir de noviembre del ejercicio 2022. | Los ingresos proyectados o que proyectan percibir en el ejercicio gravable por rentas de cuarta categoría o por rentas de cuarta y quinta categoría no superen el monto de S/43,313,00 anuales. |
Los directores de empresas, síndicos, mandatarios, gestores de negocios, albaceas o similares, que percibieron rentas de cuarta categoría antes y a partir de noviembre del ejercicio 2022. | Los ingresos proyectados o que proyectan percibir en el ejercicio gravable por rentas de cuarta categoría o por rentas de cuarta y quinta categoría no superen S/ 34,650,00 anuales. |
Vigencia: Desde el 01/01/2023
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