Tipo de Norma: Resolución de Superintendencia
Número de Norma: Resolución de Superintendencia Nº 000122-2021/SUNAT
Fecha de Publicación: Martes, 31 de agosto de 2021
Cómo es de conocimiento general, a través del Decreto Legislativo Nº 1126 se establecieron medidas de control en los insumos químicos y productos fiscalizados, maquinarias y equipos utilizados para la elaboración de drogas ilícitas.
De igual forma, en los artículos 12 y 13 de dicha norma se dispuso el registro de las operaciones de ingreso, egreso, producción, uso, transporte y almacenamiento de los Bienes Fiscalizados (insumos químicos, productos y sus subproductos o derivados, maquinarias y equipos utilizados, directa o indirectamente, en la elaboración de drogas ilícita); así como la obligación de informar a la SUNAT todo tipo de pérdida, robo, derrames, excedentes y desmedros, debiendo ser informadas como parte del registro de sus operaciones.
Asimismo, mediante la Resolución de Superintendencia Nº 255-2013/SUNAT (R.S.), se aprobaron las normas que regulan las obligaciones del registro de operaciones y de informar pérdidas, robo, derrames, excedentes y desmedros.
A través de la presente disposición, con la finalidad de mejorar las medidas de control de los bienes fiscalizados desde su producción o ingreso al país hasta su destino final, se modifican los siguientes artículos de la R.S. Nº 255-2013:
Norma | Modificación |
R.S. Nº 255-2013/SUNAT | -Inciso e) y f) del artículo 1 -Artículo 3 -Primer párrafo del artículo 4 -Primer párrafo del artículo 5 -Inciso d) del artículo 6 -Numeral 7.2 del artículo 7 -Numerales 8.1 y 8.3 del artículo 8 |
Vigencia: Desde el 01/09/2021