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Modifican el Manual de Contabilidad para las COOPAC de Nivel 2 y 3 y establecen precisiones sobre IMPULSO MYPERU

Tipo de Norma: Resolución SBS

Número de Norma: N° 01213-2023

Fecha de Publicación: Miércoles, 05 de abril de 2023

Como es de conocimiento general, mediante la Ley N° 31658 reglamentado por la Resolución Ministerial N° 066-2023-EF/15, se creó el Programa Impulso Empresarial MYPE (IMPULSO MYPERU) con el objeto de apoyar el proceso de recuperación económica y crecimiento de las MYPE a través del otorgamiento de una Garantía del Gobierno Nacional, a los créditos que otorguen las empresas del sistema financiero (ESF) o Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público (COOPAC) en el marco del referido programa.

Mediante la presente disposición, se modifica el Manual de Contabilidad para las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público de Nivel 2 y 3, y se establece que en el caso de la COOPAC, la parte de los créditos que cuentan con la cobertura del Gobierno Nacional mediante el Programa Impulso Empresarial MYPE (Programa IMPULSO MYPERU), excepcionalmente, le resulta aplicable una tasa de provisión por riesgo de crédito de 0%.

Vigencia: Desde el 06/04/2023, salvo lo dispuesto en el artículo 3 vinculado a la modificación del Manual de Contabilidad la cual entra en vigencia a partir de la información correspondiente al mes de marzo 2023.

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.