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Incrementan el Impuesto Selectivo al Consumo de las cervezas

Tipo de Norma: Decreto Supremo

Número de Norma: Nº 014-2024-EF

Fecha de Publicación: Martes, 20 de febrero de 2024

Como es de conocimiento general, el artículo 61 del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, se podrán modificar las tasas y/o montos fijos, así como los bienes contenidos en los Apéndices III y/o IV de la Ley del IGV e ISC.

Mediante el Decreto Supremo Nº 014-2024-EF, se modifica el Literal B del Nuevo Apéndice IV del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, de la siguiente forma:

PARTIDAS ARANCELARIASPRODUCTOSSOLES
2203.00.00.00CervezasS/ 2,41 por litro

Por tanto, el referido importe seria aplicable a los referidos bienes a partir de 1 de marzo de 2024, fecha de entrada en vigencia de la norma.

Finalmente, la norma también precisa que, a partir del 01 de julio de 2024, el monto fijo de los bienes mencionados será de S/ 2,51 por litro.

Vigencia: Desde el 01/03/2024.

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.