Tipo de Norma: Resolución de Superintendencia
Número de Norma: Nº 000123-2024/SUNAT
Fecha de Publicación: Viernes, 14 de junio de 2024
Como es de conocimiento general, a través de la Resolución de Superintendencia Nº 014-2018/SUNAT se regulan las normas para la presentación de la declaración jurada informativa Reporte Local (Formulario Virtual Nº 3560), declaración que deben presentar contribuyentes que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de las normas de Precio de Transferencia, con ingresos devengados en el ejercicio gravable superen las 2,300 UIT.
Entre los aspectos que los contribuyentes obligados a presentar la declaración de reporte local deben incluir figura la información prevista en los anexos I, II y III de la referida resolución, en específico los sujetos obligados a presentar los Anexos I, II y III, son los siguientes
Ingresos | Transacciones en el ámbito de las normas de precios de transferencia |
Obtengan ingresos devengados que hayan superado al 2, 300 UIT; y, | -El monto de transacciones sea igual o mayor a 400 UIT. -Si las transacciones consisten en enajenación de bienes cuyo valor de mercado sea inferior al costo computable: Sea cual fuere el monto de operaciones incluso menor a 100 UIT. |
Base legal: Artículos 2 y 4 de la Resolución de Superintendencia Nº 014-2018/SUNAT
Mediante la Resolución de Superintendencia Nº 000123-2024/SUNAT se modifica el punto 5.2 de la sección 5 del Anexo III de la Resolución de Superintendencia Nº 014-2018/SUNAT, incorporando ítem 7, con el objetivo de implementar la forma y condiciones para que los contribuyentes informen el sustento técnico por el uso de un método distinto al del precio comparable no controlado en operaciones de exportación o importación de los bienes comprendidos en el Anexo Nº 2 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, en la declaración jurada informativa Reporte Local.
Vigencia: Desde el 15/06/2024.