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Modifican disposiciones vinculadas a la presentación de documentos en la MPV-SUNAT

Tipo de Norma: Resolución de Superintendencia

Número de Norma: Nº 000058-2022/SUNAT

Fecha de Publicación: Martes, 05 de abril de 2022

Cómo es de conocimiento general, mediante la Resolución de Superintendencia N° 077-2020/SUNAT (08/05/2020), se creó la Mesa de Partes Virtual de la SUNAT (MPV-SUNAT), con la finalidad de facilitar la presentación por esa vía de documentos que se presentan de manera presencial en las dependencias de Sunat, a excepción de aquellas declaraciones o solicitudes que conforme a la normativa específica pudiera realizarse a través del sistema SUNAT Operaciones en Línea (SOL) u otro medio electrónico donde la Administración Tributaria considerará aquellos documentos recepcionados hasta las 4:30pm como día hábil, si se presenta dichos documentos después de las 4:30pm hasta las 23:59pm, se considerarán presentados el día hábil siguiente.

Mediante la presente disposición, se modifica el artículo 2 de la Resolución de Superintendencia Nº 077-2020/SUNAT a fin de establecer nuevas medidas sobre la presentación de documentos en la MPV-SUNAT considerando lo siguiente:

1. Los documentos presentados entre las 00:00 horas y las 23:59 horas de un día hábil, se consideran presentados el mismo día hábil.
2. Los documentos presentados los sábados, domingos y feriados o cualquier otro día inhábil, se consideran presentados al primer día hábil siguiente.

Vigencia: Desde el 06/04/2022

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.