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Modifican disposiciones sobre comprobantes en contingencia y otros

Tipo de Norma: Resolución de Superintendencia

Número de Norma: N° 000202-2021/SUNAT

Fecha de Publicación: Viernes, 31 de diciembre de 2021

Mediante la presente resolución, se establecen disposiciones referidas a los requisitos que se deben cumplir para emitir comprobantes de contingencia, y la posibilidad que el Banco de la Nación pueda emitir documentos autorizados, conforme al siguiente detalle:

Asimismo, la solicitud que se presente a partir del 01 de abril de 2022 será considerado como primera solicitud.

Vigencia: Desde el 01/01/2022, salvo la modificación del artículo 1 de esta norma, referida al requisito de remitido la información de por lo menos el 90% de los comprobantes de la solicitud anterior, en función del mismo tipo de comprobante pago y punto de emisión, cuya vigencia es a partir del 01/04/2022.

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.