Tipo de Norma: Decreto de Urgencia
Número de Norma: Nº 004-2022
Fecha de Publicación: Miércoles, 30 de marzo de 2022
Como es de conocimiento general, mediante el Decreto de Urgencia (D.U) Nº 076-2020 se creó el FAE-Turismo, el cual fue reglamentado por la Resolución Ministerial Nº 228-2020-EF/15.
Asimismo, a través del Decreto de Urgencia Nº 091-2021 se estableció que los recursos del FAE-Turismo pueden ser utilizados para créditos otorgados hasta el 31 de marzo de 2022, entre otros.
Mediante la presente disposición, se modifican diversos artículos del Decreto de Urgencia Nº 076-2020 donde se pueden resaltar los siguientes puntos:
Dentro del alcance del presente programa, se incluyen a las medianas empresas del sector turismo, creándose el fondo de apoyo empresarial a las MIPYME del sector turismo. |
El financiamiento podrá realizarse a través de activos fijos y/o consolidación financiera o compra de deuda de las deudas de capital de trabajo y/o activo fijo que pudieran haber sido adquiridas con posterioridad a la declaración de Estado de Emergencia Nacional por la pandemia del covid19. (Dicho punto también es aplicable para el límite de la garantía individual que otorgar el FAE-Turismo). |
Acorde a los créditos, se resaltan los siguientes puntos: Hasta 90,000 soles la garantía es de 98%.Hasta 90,001 a 750,000 soles la garantía será del 95%.Hasta S/ 300 000,00, las empresas del sistema financiero o cooperativas, realizarán la evaluación considerando lo establecido en la Resolución S.B.S. Nº 11356-2008[1].Desde S/ 300 000,00 hasta S/ 750 000,00, las empresas del sistema financiero o cooperativas tomarán en consideración los ingresos declarados por la MIPYME en SUNAT, en forma adicional a lo considerado en la Resolución S.B.S. Nº 11356-20081. |
El plazo de los créditos no puede exceder de 60 meses. |
Los recursos del FAE-Turismo pueden ser utilizados para créditos otorgados hasta el 31 de diciembre del 2022. |
El plazo máximo de acogimiento para las reprogramaciones del FAE-Turismo es el 30 de septiembre de 2022. |
El nuevo periodo de gracia para los beneficiarios de las reprogramaciones es de hasta 12 meses, tiempo adicional al periodo de gracia original (24 meses), donde solo se pagan los intereses y las comisiones correspondientes. |
Para los clientes que no cuentan con historial crediticio, el monto máximo de endeudamiento es 30,000 soles. |
La garantía se activa a los 60 días calendario de atraso de los créditos otorgados y el pago se realiza a los 30 días calendario. |
Vigencia: Hasta el 31/12/2022
[1] Nuevo Reglamento para la Evaluación y Clasificación del Deudor y la Exigencia de Provisiones.