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Modifican disposiciones del FAE-Turismo

Tipo de Norma: Decreto de Urgencia

Número de Norma: Nº 004-2022

Fecha de Publicación: Miércoles, 30 de marzo de 2022

Como es de conocimiento general, mediante el Decreto de Urgencia (D.U) Nº 076-2020 se creó el FAE-Turismo, el cual fue reglamentado por la Resolución Ministerial Nº 228-2020-EF/15.

Asimismo, a través del Decreto de Urgencia Nº 091-2021 se estableció que los recursos del FAE-Turismo pueden ser utilizados para créditos otorgados hasta el 31 de marzo de 2022, entre otros.

Mediante la presente disposición, se modifican diversos artículos del Decreto de Urgencia Nº 076-2020 donde se pueden resaltar los siguientes puntos:

Dentro del alcance del presente programa, se incluyen a las medianas empresas del sector turismo, creándose el fondo de apoyo empresarial a las MIPYME del sector turismo.
El financiamiento podrá realizarse a través de activos fijos y/o consolidación financiera o compra de deuda de las deudas de capital de trabajo y/o activo fijo que pudieran haber sido adquiridas con posterioridad a la declaración de Estado de Emergencia Nacional por la pandemia del covid19. (Dicho punto también es aplicable para el límite de la garantía individual que otorgar el FAE-Turismo).
Acorde a los créditos, se resaltan los siguientes puntos: Hasta 90,000 soles la garantía es de 98%.Hasta 90,001 a 750,000 soles la garantía será del 95%.Hasta S/ 300 000,00, las empresas del sistema financiero o cooperativas, realizarán la evaluación considerando lo establecido en la Resolución S.B.S. Nº 11356-2008[1].Desde S/ 300 000,00 hasta S/ 750 000,00, las empresas del sistema financiero o cooperativas tomarán en consideración los ingresos declarados por la MIPYME en SUNAT, en forma adicional a lo considerado en la Resolución S.B.S. Nº 11356-20081.
El plazo de los créditos no puede exceder de 60 meses.
Los recursos del FAE-Turismo pueden ser utilizados para créditos otorgados hasta el 31 de diciembre del 2022.
El plazo máximo de acogimiento para las reprogramaciones del FAE-Turismo es el 30 de septiembre de 2022.
El nuevo periodo de gracia para los beneficiarios de las reprogramaciones es de hasta 12 meses, tiempo adicional al periodo de gracia original (24 meses), donde solo se pagan los intereses y las comisiones correspondientes.
Para los clientes que no cuentan con historial crediticio, el monto máximo de endeudamiento es 30,000 soles.
La garantía se activa a los 60 días calendario de atraso de los créditos otorgados y el pago se realiza a los 30 días calendario.

Vigencia: Hasta el 31/12/2022


[1] Nuevo Reglamento para la Evaluación y Clasificación del Deudor y la Exigencia de Provisiones.

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.