Tipo de Norma: Ley
Número de Norma: Nº 31435
Fecha de Publicación: Martes, 22 de marzo de 2022
Cómo es de conocimiento general, mediante el artículo 24 de la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, los proveedores están obligados a atender los reclamos presentados por sus consumidores y dar respuesta a los mismos en un plazo no mayor a 30 días calendario. Asimismo, dicho plazo podrá ser extendido por otro igual cuando la naturaleza del reclamo lo justifique.
Mediante la presente disposición, se modifican los artículos 24 y 152 de la Ley Nº 29571 a fin de reducir el plazo de atención de reclamos a 15 días hábiles improrrogables, y, en caso de uso del Libro de Reclamaciones, los establecimientos comerciales tienen la obligación de dar respuesta a los reclamos y quejas que se consignen en 15 días hábiles improrrogables, así como remitir al Indecopi la documentación correspondiente.
Vigencia: Desde el 21/05/2022