La laboralista Claudia Seminario Gómez indicó que el COVID-19 puede constituirse en una enfermedad profesional, ya que según el reglamento de la Ley de Seguridad Laboral, la enfermedad profesional es aquella contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo relacionados con el trabajo en ese sentido, el COVID-19 encajaría dentro de esta categoría, ya que es una patología que podría ser susceptible de contagio en el centro de trabajo.Fecha:15/04/2020Fuente: Diario El Peruano
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