Mediante Decreto Supremo 045-2019-EF el Ministerio de Economía y Finanzas público disposiciones reglamentarias de la Ley N° 30907 donde se establecen la equivalencia de la unión de hecho con el matrimonio para acceder a la pensión de supervivencia.En ese sentido, dicho decreto establece que para que el integrante sobreviviente de la unión de hecho del asegurado o pensionista fallecido y perteneciente a los regímenes pensionarios 19990, 20530 y 1133, la declaración de la unión de hecho debe ser reconocida por la vía notarial o por el órgano jurisdiccional, además que debe encontrase inscrita en el Registro Personal de los Registros Públicos.Asimismo, la Oficina de Normalización Previsional (ONP), las entidades administradoras del régimen pensionario regulado N° 20530 y la Caja de Pensiones Militar y Policial deben incorporar y promover en sus portales electrónicos los requisitos, procedimientos e importancia de la formalización de las uniones de hecho.Fecha de publicación: 10/02/2019Fuente: diario El Peruano
Ministerio de Economía y Finanzas fijó bases para pensión de supervivencia
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