El Ejecutivo aprobó el Reglamento Operativo del Fondo de Apoyo Empresarial a la Mype, con el objetivo de promover el financiamiento de las micro y pequeñas empresas (Mype), a través de créditos para capital de trabajo, así como para reestructurar y refinanciar sus deudas, a fin de mantener e impulsar su desarrollo productivo. Se trata de una medida dispuesta por el Gobierno Peruano para reducir el impacto del coronavirus (COVID-19) en la economía nacional.El Fondo de Apoyo Empresarial a la Mype (FAE-MYPE) está constituido por S/300 millones, recurso que será transferido por la Dirección General del Tesoro Público a la Corporación Financiera de Desarrollo (Cofide).Así, la norma señala que solo pueden ser objeto de reprogramación y/o refinanciamiento de cartera vigente, así como el otorgamiento de nuevos créditos para capital de trabajo, la Mype que al 29 de febrero de 2020 contaba con una clasificación de riesgo crediticio normal.Además, solo pueden acceder a dicha medida las mypes que estén orientadas a alguna actividad empresarial relacionada con la producción, turismo, comercio o servicios conexos.El valor máximo de cobertura representa el monto máximo hasta el cual el Fondo de Apoyo Empresarial a la Mype garantiza las operaciones de Cofide, el cual se aplica según la siguiente escala:Monto total del crédito otorgado en el sistema financiero a una mype hasta S/30.000, cuenta con un 70% de cobertura por deudor.Monto total del crédito otorgado en el sistema financiero a una mype desde S/30.001 hasta S/60.000, cuenta con un 50% de cobertura por deudor.Monto total del crédito otorgado en el sistema financiero a una mype desde S/60.001 hasta S/90,000, cuenta con un 30% de cobertura por deudor.Cofide está autorizado a efectuar los siguientes pagos, transferencias y otros con cargo a los recursos del Fondo de Apoyo Empresarial a la Mype:a) Honramiento o pago de indemnizaciones de garantías otorgadas, así como los costos asociados a la ejecución de dichos honramientos o pagos de indemnizaciones.b) Cargas impositivas y tributos que afecten al FAE-MYPE.c) Pago de comisiones por la administración de las inversiones del FAE-MYPE, entre las que se encuentran las comisiones de negociación y custodia de dichas inversiones.d) Gastos derivados de la contratación de auditorías externas.e) La(s) comisión(es) que corresponde(n) a COFIDE como administrador del FAE-MYPE.f) Otros que se determinen en el CONTRATO DE FIDEICOMISO.Asimismo, Cofide puede establecer los procedimientos, plazos y condiciones que permitan el cumplimiento de la finalidad del FAE-MYPE, dentro del marco normativo establecido por el Decreto de Urgencia, el Reglamento y lo dispuesto por el contrato de fideicomiso.Fecha de publicación: 25/03/2020Fuente: diario El Comercio

Micro y pequeñas empresas con una clasificación de riesgo «normal» accederán al Fondo de Apoyo Empresarial
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