El día mircoles 16 de diciembre de 2020ÿvence el plazo para que:
–Los contribuyentes, cuyo £ltimo d¡gito del RUCÿsea 1, cumplan con sus obligaciones tributarias mensuales correspondientes al periodo noviembre 2020.
-Los contribuyentes, que se encuentran obligados antes de 2020 o que voluntariamente llevan sus libros de manera electr¢nica, y cuyo £ltimo d¡gito del RUC sea 2 y 3, presenten sus libros y registros del periodo noviembre 2020.
-Los contribuyentes, que se encuentran obligados desde 2020 a llevar sus libros de manera electr¢nica, y cuyo £ltimo d¡gito del RUC sea 2 y 3, presenten sus libros y registros del periodo setiembre 2020.
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