El día martes 16 de junio de 2020 vence el plazo para que:
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– Los principales contribuyentes, con ingresos netos durante el ejercicio 2019 de hasta 5000 UIT y cuyo £ltimo d¡gito del RUC sea 2 y 3 cumplan con sus obligaciones tributarias mensuales correspondientes al periodo marzo 2020.
– Los principales contribuyentes que hubieran obtenido ingresos netos durante el ejercicio 2019 de hasta 5,000 UIT, que se encuentran obligados antes de 2020 o que voluntariamente llevan sus libros de manera electr¢nica, y cuyo £ltimo d¡gito del RUC sea 4 y 5, presenten sus libros y registros del periodo marzo 2020.ÿ
– Los principales contribuyentes que hubieran obtenido ingresos netos durante el ejercicio 2019 de hasta 5,000 UIT, que se encuentran obligados a usar los libros electr¢nicos a partir del 2020, y cuyo £ltimo d¡gito del RUC sea 4 y 5, presenten sus libros y registros del periodo enero y febrero 2020.
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