La Administración Tributaria mediante la Resolución de Superintendencia N° 282-2016/Sunat dispuso que los contribuyentes podrán realizarXNT cualquier trámite relacionado al Registro Único de Contribuyente (RUC) en cualquier centro de servicio al contribuyente de la Sunat.Asimismo, podrán solicitar y obtener los reportes de valores emitidos pendientes de pago y de declaraciones determinativas e informativas por medios telemáticos y electrónicos referidos a tributos internos también podrán efectuarse trámites relacionados con los comprobantes de pago e iniciar procesos contenciosos y no contenciosos.De esta manera la Administración Tributaria amplia la atención de trámites presenciales en todo el país.Fecha: 31. 10. 2016Fuente: Diario Oficial el Peruano
Los trámites presenciales se podrán realizar a nivel nacional
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