Tipo de Norma: Ley
Número de Norma: Ley Nº 31362
Fecha de Publicación: Domingo, 28 de noviembre de 2021
Cómo es de conocimiento general, el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 013-2013-PRODUCE y modificatorias, considera como microempresa a aquella con ventas anuales de hasta 150 UIT (S/660,000), y a la pequeña empresa con ventas anuales superiores a 150 UIT hasta el tope máximo de 1700 UIT (S/7,480,000).
Mediante la presente disposición, se regula el plazo de pago de facturas para MYPE a fin de impulsar el dinamismo de la economía a través de la oportuna provisión de liquidez (capital de trabajo) a las micro y pequeñas empresas (MYPE).
Entre los aspectos esenciales de la ley cabe resaltar lo siguiente:
- En el momento que se apruebe la conformidad del bien entregado o servicio prestado, el proveedor emite la factura o recibo por honorarios correspondiente. Asimismo, la empresa privada o institución pública adquirente del servicio tendría un plazo de 08 días a partir de la recepción del bien o servicio para otorgar la conformidad acorde a la orden de compra, contrato u otro documento que acredite la adquisición.
- La cancelación de facturas por el monto total deberá realizarse de forma efectiva en 30 días calendarios a partir de la fecha de emisión del comprobante. En caso se realice el pago mediante cuotas, se deberá acordar las fechas respectivas, en cuyo caso la primera cuota no deberá sobrepasar los 30 días calendarios de presentada la factura o recibo por honorario. Excepcionalmente, las partes podrán acordar un plazo mayor a dicho plazo.
- De no realizarse el pago de la factura o recibo por honorarios dentro del plazo acordado, el acreedor incurrirá en mora, rigiendo la tasa de interés moratoria calculada en base a los criterios del BCR.
- Por un periodo de 180 días calendario contados a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, en el caso de las empresas privadas, se podrá realizar el pago de las facturas o recibos por honorarios en un plazo máximo de 60 días calendario.
Vigencia: Desde el 29/11/2021