Tipo Norma: Ley
Número de Norma: Ley N° 31188
Fecha de Publicación: 2021.05.03
Mediante la presente Ley se regula el ejercicio del derecho a la negociación colectiva de las organizaciones sindicales de trabajadores estatales, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Constitución Política del Perú y lo señalado en el Convenio 98 y en el Convenio 151 de la Organización Internacional del Trabajo.
Son objeto de la negociación colectiva la determinación de todo tipo de condiciones de trabajo y empleo, que comprenden las remuneraciones y otras condiciones de trabajo con incidencia económica, así como todo aspecto relativo a las relaciones entre empleadores y trabajadores, y las relaciones entre las organizaciones de empleadores y de trabajadores.
Asimismo, la presente norma regula los niveles de la negociación colectiva, las materias negociables, los sujetos de la negociación colectiva, los representantes de las partes, las facultades de representación y las licencias sindicales.
Además, precisa el procedimiento de la negociación colectiva, de los convenios colectivos y del arbitraje laboral.
Finalmente, deroga los artículos 40, 41, 42, 43, 44 y 45 de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, el Decreto Legislativo 1442 y el Decreto Legislativo 1450.
Vigencia: Desde el 03/04/2021