La Ley de Mecenazgo, Ley N° 30479, que promueve incentivos tributarios para mejorar las diferentes disciplinas deportivas e implementar XNTla infraestructura adecuada para la correcta práctica del deporte en el país, busca motivar la participación de los deportistas en competencias nacionales e internacionales, mediante la subvención de viajes, viáticos y desplazamientos de delegaciones o representaciones oficiales.Estos beneficios son los siguientes:Otorga incentivos tributarios, que permitirán la deducción como gasto de las donaciones o aportes efectuados con el límite del 10% de la renta neta de 3ra categoría de la empresa que realiza la donación o aporte, o de hasta el 10% de la renta neta de trabajo renta de fuente extranjera, de tratarse de persona natural.Se exonerara del IGV a la importación de bienes destinados a actividades de infraestructura deportiva para la construcción, mejora o equipamiento de dichos espacios, programas de gestión deportiva, contratación y pago de subvención a deportistas y entrenadores, y el pago de primas por seguros a particulares e investigación en deporte y medicina deportiva.Por último, el plazo de dichos beneficios tributarios es de 10 años y quedará pendiente su respectiva reglamentación, la que deberá ser emitida en un plazo de 60 días.Fecha: 10.07.2016Fuente: Diario Oficial El Peruano
Ley de Mecenazgo deportivo promueve beneficios tributarios en favor del deporte
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