En el Perú, según lo establece la Ley General de Sociedades, los estados financieros se preparan y presentan de conformidadXNT con las disposiciones legales sobre la materia y con principios de contabilidad generalmente aceptados en el país.Asimismo, para efectos tributarios, las normas del Impuesto a la Renta establecen que la contabilización de operaciones bajo principios de contabilidad generalmente aceptados, puede determinar, por la aplicación de las normas tributarias, diferencias temporales y permanentes en la determinación de la renta neta. En consecuencia, salvo que la Ley o el Reglamento del Impuesto a la Renta condicionen la deducción al registro contable, la forma de contabilización de las operaciones no originará la pérdida de una deducción. Así, las diferencias temporales y permanentes obligan al ajuste del resultado según los registros contables, en la declaración jurada.En ese sentido, las empresas, para la elaboración de sus estados financieros y su contabilidad, en general se encuentran obligados a utilizar las NIC o las NIIF a efectos de determinar su utilidad contable y de ese modo, partiendo de dicha base, considerando las normas tributarias, realizarán adiciones y deducciones a fin de determinar la renta neta sobre la cual aplicarán la tasa del Impuesto a la Renta correspondiente.Fuente: Gestión Fecha: 06/01/2014
Las normas contables vs. las normas tributarias
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