Mediante la Ley N° 30976, se modificó el régimen de la zona franca y la zona comercial de Tacna. Asimismo, el MEF cuestiono que se permita la venta de productos exonerados de impuestos desde Tacna al resto del país mediante el comercio electrónico, lo que pondría en peligro las actividades en todo el territorio nacional. Por su parte, produce considero que ampliar las actividades que pueden desarrollar dentro de Zofratacna generaría distorsiones en la libre competencia y el normal desarrollo de las empresas del resto del país.A su vez, el comité de cosmética e higiene personal (Copecoh) de la CCL también cuestiono que con la nueva ley se permite a las empresas ubicadas en Zofratacna importar productos cosméticos, productos de higiene doméstica y productos absorbentes de higiene personal, sin la necesidad de constituirse como droguería, que si se exige a las demás empresas del país, en claro trato discriminatorio prohibido por la constitución.Del mismo modo, amplia las actividades que puedan desarrollarse en la zona, permitiendo de esta manera la inclusión de otras mediante decreto supremo. Asimismo, se determina que los servicios prestados al resto del país desde Zofratacna sean gravados con el impuesto general a las ventas como utilización de servicios, es decir, el usuario de los servicios asumirá el IGV como contribuyenteFecha de publicación: 09.07.2019Fuente: El Peruano

Las exoneraciones tributarias
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