La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) detalló que los docentes que laboren en instituciones educativas del sector privado deben estar en planilla desde el primer día en que ingresan a prestar sus servicios e independientemente de la modalidad de contrato que tengan. Incluso los administrativos y docentes que se encuentren en período de prueba deben ser formales, gozando de todos los beneficios de sus derechos laborales y de la seguridad social.
La Sunafil mencionó que no existe un régimen laboral especial para los docentes de instituciones educativas privadas, pues pertenecen al régimen laboral de la actividad privada, es decir el Decreto Legislativo N° 728. No obstante, en caso la institución se encuentre acreditada como micro o pequeña empresa en el Remype, los trabajadores gozarán de los beneficios de este régimen.
Finalmente, refirió que, si los colegios no cumplen con formalizar a sus trabajadores, pueden ser susceptibles a una multa que fluctúa entre los 1,184.50 y los 13,544.5 soles, por cada trabajador que no hayan incorporado en la planilla.
Fuente: El Peruano
Fecha: 06/07/2024