La Corte Suprema determinó, en la Casación Nº 19856-2016 Lima Este, que un trabajador puede ser despedido por insultar a su superiorXNT vía facebook, pues consideró que cometió faltamiento de palabra contra el supervisor de la empresa a través de su perfil social, en donde colgó una fotografía y una serie de insultos asociados.Según César Lengua, socio del estudio Lazo, la falta grave se puede materializar a través de medios digitales, pues ello es una posibilidad que abren las nuevas tecnologías. De igual forma, Elmer Huamán, asociado del mismo estudio, refirió que ahora los empleadores podrán sancionar a sus trabajadores que desde una cuenta propia o de terceros en redes sociales publiquen frases ofensivas contra la empresa.Sin embargo, según el abogado laboralista César Puntriano, la Corte no analizó la validez de la publicación en Facebook como prueba para el despido del trabajador. Refirió que el derecho a la intimidad del trabajador tiene como pilar el deseo de que la información de su titular no sea divulgada, pero que cuando es publicada para que una cantidad de personas accedan, se pierde este efecto.Es ese sentido, señaló que el usuario puede escoger si la publicación que realiza sea visualizada por la totalidad de sus contactos, o solo por una o varias personas. Por tanto, dependerá de la configuración del perfil de una red social para establecer si prevalece el derecho a la intimidad o no o si por el contrario existió intención de que la información se masifique y se faculte la sanción por uso inadecuado.Fecha de publicación: Fuente: diario Gestión.
Insultar a un superior por facebook es causal de despido
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