Para Norma Landa (asociada del Estudio Ferrero), uno de los supuestos de mayor arbitrariedad permitido por las normas que regulan el SistemaXNT de Detracciones, es el ingreso como recaudación de los montos depositados en el Banco de la Nación, debido a que el importe ingresado como recaudación es la totalidad del saldo depositado en la cuenta de detracciones a la fecha en que se verifica la causal.En este caso la Administración Tributaria imputa la totalidad del saldo contra deudas tributarias, y de no tenerlas el contribuyente, el importe puede no ser utilizado por largos periodos.En ese sentido, considera que el referido régimen podría modificarse a efecto de ordenar el ingreso por el importe de la sanción de multa, el importe de la inconsistencia o algún mecanismo alternativo que permita corregir la falta de proporcionalidad existente al mantener los montos ingresados como recaudación en la Sunat, cuando no existe deuda tributaria pendiente de pago.Fuente: Diario Gestión
Ingreso como recaudación de los montos depositados en la cuenta de detracciones es arbitrario
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