Sunat ha publicado en su página web institucional el Informe N° 117-2023-SUNAT/7T0000, en el mismo concluye lo siguiente:
“1. En el marco del CDI Perú-Chile, la ganancia de capital obtenida por un residente de Chile por la enajenación indirecta de las acciones de una sociedad domiciliada en Perú como consecuencia de la transferencia de acciones de una empresa residente en Chile, puede someterse a imposición en Perú, en aplicación del artículo 21 del citado CDI.
2. Déjese sin efecto el informe N. º 001-2021-SUNAT/7T0000”.
Puede acceder al informe completo aquí:
https://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2023/informe-oficios/i000117-2023-7T0000.pdf
Fecha de publicación: 28.12.2023