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INFORME N.° 110-2019-SUNAT/7T0000

Constituye renta gravada la comercialización de claves de acceso a software en línea obtenidas por una empresa domiciliada con una persona jurídica no domiciliada aún si no hay transferencia patrimonial o entrega de licencias por el uso De acuerdo con lo prescrito en el artículo 6 de la LIR y el inciso i) del artículo 9 de la misma, se entiende que los servicios digitales prestados en el país se encuentran gravados con el impuesto, definiéndose como servicios digitales, de acuerdo con el artículo 4 – A del RLIR como todo servicio que se pone a disposición del usuario a través de internet, u otra red pública o privada. Así la Administración Tributaria ha señalado que tal supuesto descrito en el informe, se trata de un servicio y se debe prestar a través de internet por lo que se concluye que:En el supuesto de una empresa domiciliada en el Perú que suscribe un contrato con una persona jurídica no domiciliada mediante el cual esta última autoriza a la primera de estas a comercializar en el país claves de acceso correspondientes a una suscripción anual para el uso de un conjunto de servicios estandarizados en la nube del referido proveedor no domiciliado, los cuales consisten en la disposición en línea de un software estándar, y sus actualizaciones, correcciones y modificaciones, siendo que por tal operación:- El proveedor no domiciliado no efectúa, a favor de la empresa domiciliada, ninguna cesión de la titularidad de todos, alguno o algunos de los derechos patrimoniales sobre el referido software que conlleven el derecho a su explotación económica o le permita a esta su reproducción o modificación con cualquier otro fin que no sea habilitarlo para su uso.- No se entregan licencias de uso del aludido software al usuario final del mismo.La retribución pagada por la empresa domiciliada en el país al proveedor no domiciliado por la referida operación constituye renta de fuente peruana por servicios digitales utilizados económicamente, usados o consumidos en el país, gravada con el impuesto a la renta.Fecha de publicación: 10/09/2019Fuente: Web de SUNAT.

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.