Sunat ha publicado en su página web institucional el Informe N° 020-2022-SUNAT/7T0000, en el mismo concluye lo siguiente:
“Las rentas percibidas por una persona natural no domiciliada producto de la redención o rescate de cuotas de participación de fondos mutuos de inversión en valores constituidos en el Perú están sujetas a la tasa del impuesto a la renta prevista en el inciso e) del artículo 54 de la LIR”.
Texto completo: https://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2022/informe-oficios/i020-2022-7T0000.pdf
Fecha de publicación: 06.04.2022
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