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Informe de Sunat: Consulta sobre operaciones con dinero electrónico y el ITF

Sunat ha publicado en su página web institucional el Informe N° 012-2022-SUNAT/7T0000, en el mismo concluye lo siguiente:

«1. En el caso de operaciones con dinero electrónico, se deberá determinar en cada caso en concreto y dependiendo de la operación de que se trate, si esta se encuentra dentro del ámbito de aplicación del ITF, y de ser así, estará gravada con dicho impuesto.

2. El pago de cuotas a ESF utilizando dinero electrónico, se encuentra gravado con el ITF.

3. La entrega de fondos con cargo a colocaciones otorgadas por una ESF, sin utilizar las cuentas a que se refiere el inciso a) del artículo 9 de la Ley del ITF, para su conversión en dinero electrónico, estará gravada con el ITF.

4. La acreditación (depósito) o débito (retiro) en cuentas de dinero electrónico, no están gravadas con el ITF”.

Texto completo: https://ww3.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2022/informe-oficios/i012-2022-7T0000.pdf

Fecha de publicación: 10.03.2022

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.