Síguenos
Compra: 3.61
Venta: 3.45
Compra: 3.61
Venta: 3.45

Informe de Sunat: Consulta sobre emisión de documentos autorizados y carga internacional

Sunat ha publicado en su página web institucional el Informe N° 079-2023-SUNAT/7T0000, en el mismo concluye lo siguiente:

“1. Cuando el agente de carga internacional emita una carta de porte aéreo o conocimiento de embarque por el servicio de transporte de carga internacional aérea o marítima que preste, respectivamente, tales documentos le permitirán sustentar gasto o costo para efecto tributario, siempre que en estos se identifique al adquirente o usuario y se discrimine el IGV.

2. Respecto a las operaciones que dicho agente realice y que califiquen como exportación de servicios para efecto de la normatividad que regula el IGV, deberá emitir facturas, aun cuando tales operaciones se encuentren inafectas de dicho impuesto, sin perjuicio de que también puedan emitirlas en otros supuestos regulados en el inciso 1 del artículo 4 del RCP”.

Texto completo: https://tinyurl.com/fhr6wbpk

Fecha de publicación: 22.06.2023

What's your reaction?
Happy0
Lol0
Wow0
Wtf0
Sad0
Angry0
Rip0

HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.