Sunat ha publicado en su página web institucional el Informe N° 102-2021-SUNAT/7T0000, en el mismo concluye lo siguiente:
«Los servicios de despacho aduanero y/o transporte local realizados por empresas domiciliadas para hacer efectivo el encargo a una empresa no domiciliada de entregar a clientes en el Perú los productos que una empresa no domiciliada comercializa en una plataforma digital de venta on line, no califican como exportación de servicios».
Texto completo: https://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2021/informe-oficios/i102-2021-7T0000.pdf
Fecha de publicación: 29.11.2021