La SUNAT realizó modificaciones referentes a la emisión de facturas electrónicas mediante el SEE SOL las cuales son[1]:
- Indicar si existen operaciones sujetas a detracción[2]:
- Luego en el rubro información adicional se activa lo siguiente:
Debiendo completar la siguiente información:
En el caso del rubro tipo de operación aparecen las siguientes opciones:
- Operación Sujeta a Detracción – Recursos Hidrobiológicos
- Operación Sujeta a Detracción – Servicio de Transportes de Pasajeros
- Operación Sujeta a Detracción – Servicio de Transportes de Carga
Debiendo completar la información solicitada de acuerdo a cada tipo de operación.
Finalmente, en el formato PDF de la factura electrónica emitida (en el campo información de la detracción) se muestra de la siguiente manera:
Fuente: Staff de Contadores & Empresas
Fecha: 02/03/2023
[1] Conforme constatación realizada por el equipo de C&E el 25 de febrero de 2023.
[2] Al marcar SI aparecerá el siguiente mensaje “Todos los bienes o servicios a considerar deben estar sujetos a la detracción y el importe total de la factura debe ser mayor a cero”. Hay que considerar que según lo dispuesto en el artículo 19 de la R.S N° 183-2004/Sunat y el artículo 9 de la R.S N°073-2006-Sunat los comprobantes emitidos sujetos al sistema no podrán incluir operaciones no sujetas a este.