Hebert Tassano, presidente del Instituto de Defensa del Consumidor de la Propiedad Intelectual (Indecopi), reveló que entre lasXNT modificaciones de la Ley General del Sistema Concursal, está la de realizar una depuración del registro de 156 empresas administradoras y liquidadoras que asuman procedimientos concursales a las que considera hábiles considerando que dentro de este registro existen empresas que tienen deudas en cobranza coactiva con la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) y que también figuran en rojo para el sistema crediticio (deuda corriente) y que, pese a ello, administran empresas insolventes.Así también, la nueva regulación establece que como requisitos para ser consideradas como empresas habilitadas para asumir procesos concursales es no estar quebradas, con deuda vencida en Sunat o el Indecopi, tener RUC activo en el fisco, estar en azul en el sistema crediticio, entre otros.Finalmente, La Comisión de Procedimientos Concursales, podrá imponer multas de hasta S/. 385,000 a las empresas administradoras y liquidadoras que oculten bienes, simulen gastos, pérdidas, entre otro asimismo, dichas empresas que se consideren afectadas pueden impugnar la pérdida de su registro.Fecha: 24.08.2015Fuente: Diario Gestión
Indecopi modificó la Ley General del Sistema Concursal por deudas en cobranza coactiva con Sunat.
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