Como es de conocimiento general, mediante el Decreto de Urgencia N° 003-2019 (11/10/2019), se prorrogó hasta el 15 de octubre de 2020 la exoneración del IGV y el reintegro tributario, para los editores de libros cuyos ingresos netos anuales sean hasta 150 UIT, establecidos en el artículo 18 y 19 de la Ley Nº 28086, Ley de Democratización del Libro y de Fomento de la Lectura.Sobre el particular, la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso y la Comisión de Cultura aprobaron dictámenes de Proyectos de Ley que buscan fomentar la lectura y promover el libro, dichos proyectos incluían un beneficio tributario para los libros.El 8 de octubre del presente año se aprobó el texto que consolida las distintas propuestas normativas sobre el tema en el Proyecto de Ley N° 4819/2019-PE.Como se aprecia del texto unificado, se pretende derogar la Ley N° 28086 y reemplazarla por el Proyecto de Ley aprobado, no obstante, otorgando nuevamente la exoneración del IGV de la importación y/o venta en el país de libros y productos editoriales afines por un plazo de tres años, así como el reintegro tributario a favor de los editores de libros cuyos ingresos netos anuales sean de hasta 150 UIT, equivalente al IGV pagado en las adquisiciones e importaciones de bienes de capital, materia, prima, insumos, entre otros destinados a la realización del Proyecto Editorial, el plazo de este beneficio también sería de tres años.Puede acceder al texto completo del PL N° 4819/2019-PE en el siguiente enlace: https://leyes.congreso.gob.pe/Documentos/2016_2021/Texto_Sustitutorio/Proyectos_de_Ley/TS04819_20201008.pdfSi desea asesoría especializada sobre temas relacionados a los beneficios indicados puede contactarse con nosotros a consultas@contadoresyempresas.com.peFuente: Staff Contadores & EmpresasFecha: 09/10/2020
Importante: se aprueba el Proyecto de Ley que amplía beneficios tributarios vinculados a la Ley del Libro
Happy0
Lol0
Wow0
Wtf0
Sad0
Angry0
Rip0