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Identificación de un contrato de acuerdo con la NIIF 15

La NIIF 15 enumera cinco pasos para el reconocimiento de los ingresos ordinarios, constituyendo el primer paso ”identificación de un contrato”, la base para poder determinar si existe un contrato o no, así, para que un contrato sea reconocido como tal y por ende contabilizado, deberá cumplir, de acuerdo con el párrafo 9 de la NIIF 15, con los criterios siguientes:Las partes de un contrato lo han aprobado, sea que este sea escrito, verbal o inherente a las prácticas que posea el negocio, comprometiéndose a cumplir lo acordado.Es identificable para la entidad los derechos de cada parte con respecto a los bienes y/o servicios a transferir.Son identificables por la entidad las condiciones de pago con respecto a los bienes y/o servicios a transferir.El contrato tiene fundamento comercial.Existe la probabilidad de que la contraprestación a la que tiene derecho por la transferencia de bienes y/o servicios suceda.

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.