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Hostigamiento sexual en el trabajo también puede presentarse durante el Estado de Emergencia

La laboralista Pamela Navarro comentó la reciente aprobación de los formatos referenciales para queja o denuncia por hostigamiento sexual en los sectores público y privado, y su respectivo instructivo, mediante la Resolución Ministerial Nº 115-2020-Mimp.Con relación a esta norma, es importante tener en cuenta que para prevenir durante el estado de emergencia el hostigamiento sexual en el ámbito laboral a tono con la normativa, las empresas necesitan capacitar y crear conciencia en los trabajadores respecto a los lineamientos y políticas empresariales que pretenden garantizar un ambiente libre de este flagelo y que los empleadores deben implementar.La especialista enfatizó que tanto en actividades esenciales y reactivadas como en las labores que se llevan a cabo de manera remota pueden presentarse circunstancias de hostigamiento sexual. Más aún porque la normativa reconoce que pueden producirse incluso fuera del centro de labores y del horario de oficina. Precisa además que conductas de connotación sexual o sexista como bromas o comentarios relativos a estereotipos de género, proscritos por la regulación contra el hostigamiento sexual, se dan a diario en las reuniones virtuales de trabajo y en los grupos WhatsApp.A su vez, sostuvo que las empresas con más de 20 trabajadores, conforme a la normativa, ya deberían haber implementado un comité de intervención contra el hostigamiento sexual, y las que cuentan con menos de esta cantidad deberían tener un delegado para este tema.Finalmente, a criterio de Navarro, los formatos referenciales para queja o denuncia por hostigamiento sexual en los sectores público y privado ayudan a las empresas y a los centros educativos a tener una base referencial sobre la información que deben recabar ante una denuncia de esa naturaleza, en la medida en que proporcionan lineamientos para llevar a cabo un proceso de investigación. Sin embargo, advierte que como no son documentos obligatorios y uno de los principios de la ley contra el hostigamiento sexual es la no revictimización, dependiendo de la fragilidad de la víctima y del hecho por denunciar, puede no ser necesario usar o llenar esos formatos, pero igual se tendría que dar trámite a la denuncia.Fuente: El Peruano Fecha: 26/07/2020

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.