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Grupo de Trabajo Multisectorial para impulsar cumplimiento de cuota de empleo para personas con discapacidad

Tipo de Norma: Resolución Ministerial

Número de Norma: N° 083-2022-TR

Fecha de Publicación: Viernes, 08 de abril de 2022

La resolución referida dispone crear el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, cuyo objeto es proponer medidas procedimentales, normativas y de política pública, que sirvan para impulsar el cumplimiento de la cuota de empleo para personas con discapacidad tanto en el sector privado como en el sector público, dotando de mayor efectividad a este mecanismo de promoción del empleo de las personas con discapacidad establecido en el artículo 49 de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad.

De la conformación

El Grupo de Trabajo Multisectorial está conformado por:

a) Un representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, quien lo preside;

b) Un representante del Ministerio de Economía y Finanzas;

c) Un representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;

d) Un representante de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR;

e) Un representante del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS; y

f) Un representante de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL.

De la secretaría técnica

La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial está a cargo de la Dirección General de Promoción del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo que, a través de la Dirección de Promoción Laboral para Personas con Discapacidad, brinda asistencia técnica y administrativa para el funcionamiento y cumplimiento de su objeto.

De la designación de representantes

Las entidades señaladas en el artículo 2, designan a sus representantes titulares y alternos mediante documento escrito dirigido a la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial, dentro del plazo de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución ministerial.

De la participación de otras entidades o personas

El Grupo de Trabajo Multisectorial puede invitar a participar en sus sesiones, en calidad de invitados, a representantes de otras instituciones públicas y privadas, así como a profesionales especializados para que colaboren con el cumplimiento de su objeto.

De las funciones

El Grupo de Trabajo Multisectorial tiene las siguientes funciones:

a) Identificar las causas y factores, principalmente normativas e institucionales, que dificultan o limitan alcanzar mayores avances en el cumplimiento de la cuota de empleo, tanto en el sector privado como en el sector público.

b) Evaluar los procedimientos establecidos que regulan la aplicación y la fiscalización de la cuota de empleo, así como los servicios existentes para orientar a los empleadores del sector público y privado, y otros que coadyuven al cumplimiento de la cuota de empleo, determinándose las mejoras respectivas.

c) Identificar y proponer medidas, principalmente de carácter normativo y de política pública, que puedan coadyuvar en la efectividad de la cuota de empleo, como mecanismo para promover la inserción de las personas con discapacidad y la generación de un mercado y entornos laborales inclusivos.

El Grupo de Trabajo Multisectorial emite un informe final con las acciones desarrolladas como resultado del trabajo realizado.

De la instalación

El Grupo de Trabajo Multisectorial se instala en el plazo máximo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución ministerial en el diario oficial El Peruano.

Del financiamiento

Las entidades que conforman el Grupo de Trabajo Multisectorial sujetan el cumplimiento de sus funciones a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Del plazo de vigencia

El Grupo de Trabajo Multisectorial creado mediante la presente resolución ministerial tiene vigencia por un período de 60 días hábiles, contados a partir del día siguiente de su instalación, siendo prorrogable dicho plazo por un período adicional.

Vigencia: Desde el 09/04/2022

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.