La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) aprobó diversas disposiciones para el pago de los aportesXNT de las empresas mineras al Fondo Complementario de Jubilación Minera, Metalúrgica y Siderúrgica, correspondientes al periodo 2012, creado mediante la Ley 29741. Según la RS N° 047-2013/SUNAT, el referido pago se deberá efectuar utilizando el Formulario N° 1662. Añade que, para el cálculo del aporte, las empresas aplicarán el 0.5% a la renta neta imponible informada en su Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta 2012, según lo dispuesto en la Ley 29741. Finalmente, la norma establece que el pago del aporte deberá efectuarse dentro de los 12 primeros días hábiles siguientes a aquel en que presente la Declaración Jurada Renta Anual 2012.Diario Oficial El Peruano, lunes 11 de febrero de 2013.
Fondo de jubilación minera
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