Como es de conocimiento general, para efectos de la determinación de las rentas de trabajo, el artículo 46 de la Ley del Impuesto a la Renta, reconoce la posibilidad de deducir ciertos gastos hasta un límite global de 3 UIT (S/ 13, 800.00)1.
Considerando el fin de semana largo y los feriados que se aproximan, se presenta el siguiente cuadro resumen con algunas consideraciones a tener en cuenta para que los gastos vinculados al rubro turismo, así como hoteles y restaurantes resulten deducibles.
Fuente: Staff de Contadores & Empresas
Fecha: 26/07/2022
1 En base a la UIT para el ejercicio 2022 que es de S/ 4, 600.