La Corte Suprema ha establecido, en la Casación Laboral Nº 13768-2016 Lambayeque, las pautas que deberán ser tomadas en cuenta al momento de proceder con el despido de un trabajador por tardanzas reiteradas.De ese modo, a criterio de la Suprema, la impuntualidad como falta grave se configura solo si se presentan los siguientes tres elementos: primero, que exista falta del deber de diligencia del trabajador (las tardanzas son consideradas faltas laborales producto del incumplimiento de dicho deber) segundo, que haya reiteración en la conducta de incumplimiento y tercero, que la conducta reiterada haya sido sancionada.De ese modo, la Corte determinó que se configura el supuesto de tardanza como falta grave y causal de despido justificado cuando se acredite la existencia de impuntualidades reiteradas y sancionadas previas al despido.Fecha de publicación: 22/10/2017.Fuente: diario El Peruano.
Fijan pautas para despedir a trabajadores impuntuales
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