Mediante el presente dispositivo, se fijan los índices de correcció;n monetaria para efectos de determinar el costo computable de los inmuebles enajenados por personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales. En ese sentido, el valor de adquisició;n o construcció;n, según sea el caso, se ajusta multiplicándolo por el índice de correcció;n monetaria correspondiente al mes y año de adquisició;n del inmueble, de acuerdo con el Anexo que forma parte de la Resolució;n bajo comentario.
El presente dispositivo entrará a partir del 08/08/2020.
Resolución Ministerial Nº 222-2020-EF/15