A través de una sentencia emitida por la Octava Sala Laboral de la Corte Superior de Justicia de Lima se declaró la desnaturalización del contrato de locación de servicio de un trabajador del Estado y se declaró el vínculo laboral a plazo indeterminado es decir, se habría otorgado la condición de un trabajador formal sin la necesidad de pasar por un concurso público.Con ello, la Sala inaplica lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 016-2020, norma que fue emitida por el Poder Ejecutivo en la cual se estableció que los trabajadores solo podían ingresar al sector público mediante concurso y que una sentencia judicial solo podría ordenar la reposición de un trabajador a un puesto de trabajo si es que accedió a este mediante concurso público.A consideración de la Sala, el referido Decreto de Urgencia sufre de una inconstitucionalidad material por vulnerar derechos fundamentales al prohibirle a trabajadores la posibilidad de ser repuestos a su puesto de trabajo si es que no ingresaron a este por concurso público. Asimismo, esta disposición contravendría el artículo 139 de la Constitución Política del Perú, el cual establece que los jueces no pueden dejar de administrar justicia por deficiencia de la ley, por lo que se decidió inaplicar el decreto de urgencia.El fallo emitido por la Octava Sala Laboral sería el primer pronunciamiento jurisprudencial relacionado a la inconstitucionalidad del cuestionado Decreto de Urgencia.A opinión del abogado Jorge Toyama, esta sentencia crea dos corrientes dentro del Poder Judicial pues la presente estaría más canalizada hacia la reposición. Sin embargo, considera que una vez que llegue a Corte Suprema, la sentencia de Sala no debería ser amparada ya que pronunciamientos como estos no ayudarían a los fines de formalización y mejora de los servicios del sector público por lo que una eventual casación que emita la Corte Suprema al respecto será de importancia debido a su impacto en la contratación pública.Fecha de publicación: 05/03/2020Fuente: Diario Gestión
Fallo laboral inaplica el Decreto de Urgencia N 016-2020 sobre contratación laboral pública
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