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Extinción de multa por errores solo aplicará a las mipyme

La Comisión Permanente del Congreso de la República aprobó la modificación del Decreto Legislativo Nº 1311, excluyendo a las grandes XNT  empresas de la extinción de multas por errores en la declaración tributaria.“La presente disposición es de aplicación solo a las personas naturales y a micro, pequeñas y medianas empresas (mipyme)”, es el párrafo que agregó la norma mencionada.Cabe indicar, que el Decreto Legislativo Nº 1311 precisa que las multas por errores en la declaración tributaria se extinguirán si  fueron cometidos desde el 6 de febrero del 2004 hasta el 30 de diciembre del 2016, y que para ello se deberá cumplir ciertos requisitos como por ejemplo, que el saldo, crédito u otro concepto no hubieran sido arrastrados o aplicados a los siguientes periodos o ejercicios.Fuente: Diario GestiónFecha: 01.03.2017

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.