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Exigir estar vacunado contra la covid-19 para trabajar vulnera el derecho al trabajo

El juez John Javier Paredes Salas del Tercer Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima, en el marco de un proceso de amparo, declaró inaplicables a un caso concreto el Decreto Supremo 016-2022-PCM y otras normas que impedían a la recurrente Sonia Estela Vasquez Galvez trabajar por no tener su esquema completo de vacunación contra la covid-19.

Así, el Juzgado declaró fundada su demanda de amparo promovida en contra del presidente de la República, Ministerio de Salud y Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas; por afectación a su derecho al trabajo.

Debido a estas consideraciones, se declaró inaplicables a su favor el Decreto Supremo 016-2022-PCM y sus normas modificatorias, y cualquiera otra norma de igual jerarquía que le impida ingresar a su centro de labores por no contar con su esquema de vacunación completa contra la covid-19.

Además, para hacer valer su derecho al trabajo frente a una institución educativa, el juzgado dispuso que la recurrente presente a dicha institución, cada 10 días y por cuenta propia, una prueba molecular/PCR con resultado negativo al SARS-CoV-2 u otra de similar resultado.

También estableció que de no cumplir con ello, la institución educativa tiene a salvo su “facultad de dirección” para poner a la demandante en “suspensión perfecta”. Así, la recurrente deberá asistir a su trabajo cumpliendo de manera estricta los protocolos de seguridad contra la covid-19 dispuestos por la autoridad de salud.

Fuente: La Ley

Fecha: 18/08/2022

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.