Mediante el Informe N° 112-2018-SUNAT/7T0000, de fecha 13 de diciembre de 2018 y publicado en la página web de la Sunat el 24 de enero de 2019, la Administración Tributaria ha concluido de la siguiente manera:La exclusión del Régimen prevista en el inciso c) del artículo 11 del Decreto Legislativo N.° 1264 alcanza a los integrantes del consejo directivo de un organismo técnico especializado, aun cuando ejerzan dicha función de manera no remunerada y representen a entidades del sector privado, al estar comprendidos en la clasificación específica a que se refiere el artículo 52 de la Ley del Servicio Civil.
Exclusión del régimen temporal y sustitutorio del impuesto a la renta para la declaración, repatriación e inversión de rentas no declaradas
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