Durante diciembre, los peruanos tendrán la oportunidad de disfrutar tres fines de semana largo, debido a los feriados nacionales y días no laborables decretados por el gobierno. Esto será una oportunidad para que muchos viajen, paseen, descansen o retomen sus actividades pendientes, pero también serán fechas de impacto para el empleo y la economía del país.
Así el primer fin de semana largo iniciará este viernes 6 de diciembre, designado como día no laborable para el sector público. A este se suman el sábado 7, el domingo 8 (feriado por la Inmaculada Concepción) y el lunes 9, establecido como feriado en conmemoración de la batalla de Ayacucho.
Por lo tanto, en el caso de los días no laborables, los centros de trabajo del sector privado también pueden acogerse a esta medida, siempre que exista un acuerdo entre empleadores y trabajadores. El acuerdo debe incluir cómo se recuperarán las horas no trabajadas. Si no hay consenso, será responsabilidad del empleador determinar la forma de compensación.
El segundo fin de semana largo llegara entre el lunes 23 y el martes 24 (Nochebuena), ambos días no laborables, seguidos del miércoles 25, feriado nacional por Navidad. Al incluir el sábado 21 y domingo 22, se conformará otro periodo extenso de descanso.
En tanto, el tercer fin de semana largo abarcará el lunes 30 y el martes 31, días no laborables, y el miércoles 1 de enero, feriado por Año Nuevo. Sumando el sábado 28 y domingo 29, los peruanos podrán disfrutar de más días libres para compartir con la familia.
¿Cuál es la diferencia entre los días no laborables y los feriados nacionales?
Para no crear confusión, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) explicó las diferencias, para que empleadores y trabajadores sepan de qué se trata y planifiquen sus actividades.
El día declarado feriado el trabajador debe descansar, sin afectar su remuneración. Pero en caso deba laborar, porque así lo establece su horario o las necesidades de la empresa, su empleador tiene dos opciones: brindarle un descanso en otra fecha; o efectuar el pago de la triple remuneración, por el feriado trabajado.
Y en el día no laborable para los trabajadores del sector público, este personal deberá devolver las horas de ausencia durante las siguientes semanas, según lo que indique su Oficina de Recursos Humanos. Estos trabajadores recibirán su remuneración habitual, sin ninguna sobretasa.
En este caso, los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma de recuperación de las horas dejadas de laborar. En caso no lleguen a un acuerdo, lo decidirá el empleador.
Feriados de diciembre
- Domingo 8 de diciembre: Inmaculada Concepción.
- Lunes 9 de diciembre: Batalla de Ayacucho.
- Miércoles 25 de diciembre: Navidad.
Días no laborables de diciembre
- Viernes 6 de diciembre.
- Lunes 23 de diciembre.
- Martes 24 de diciembre.
- Lunes 30 de diciembre.
- Martes 31 de diciembre.
Fuente: El Peruano
Fecha: 02/12/2024