Mediante el Decreto Supremo N° 002-2019-MMP que aprueba el reglamento de la Ley de promoción de los derechos de las personas de talla baja, las entidades públicas y privadas deberán promover entornos laborales que integren a las personas de talla baja, asegurando las modificaciones y/o adaptaciones necesarias y adecuadas requeridas en un caso particular, en el espacio físico, en el mobiliario y las herramientas de trabajo.Asimismo, el laboralista Cesar Puntriano Rosas, sostuvo que las personas de talla baja se podrán acoger a lo establecido en la Ley General de las Personas con discapacidad cumpliendo para ellos con los requisitos dispuestos en la norma.Fecha de publicación: 17/01/2019Fuente: diario El Peruano

Estado promoverá servicios accesibles y adaptables para las personas bajas
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