Tipo de Norma: Resolución Administrativa
Número de Norma: N° 000405-2022-CE-PJ
Fecha de Publicación: Miércoles, 30 de noviembre de 2022
Por intermedio de la presente resolución se establece, del 1 al 31 de diciembre del presente año, que las labores jurisdiccionales y administrativas de los jueces y personal auxiliar del Poder Judicial se realizará en forma presencial durante toda la jornada de trabajo.
En tal sentido, se prorroga, del 1 al 31 de noviembre de 2022, la vigencia del Protocolo denominado “Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, posterior al levantamiento del aislamiento social obligatorio establecido por el Decreto Supremo N° 044-2020- PCM, y prorrogado por los Decretos Supremos Nros. 051 y 064-2020-PCM”, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000129-2020-CE-PJ, y modificado por Resolución Administrativa N° 000146-2020-CE-PJ.
Finalmente, se dispone, a partir del 1 al 31 de noviembre de 2022, las siguientes medidas administrativas, las cuales regirán para los jueces, así como el personal jurisdiccional y administrativo:
- Los jueces realizarán trabajo presencial diario en jornada completa, debiendo las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia adoptar las medidas necesarias para el registro y control adecuado de asistencia.
- Los jueces considerados vulnerables, de acuerdo con la nueva evaluación clínica, realizarán trabajo presencial; y, excepcionalmente trabajo remoto, según la respectiva normativa. La vulnerabilidad debe ser acreditada con el informe clínico correspondiente. Cabe mencionar que el trabajo remoto se realizará conforme a lo establecido en la Versión N° 4 del Reglamento “Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial”, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000408-2020-CE-PJ.
- Los jueces atenderán presencialmente o a través de la herramienta informática “El Juez te escucha, programa tu cita”, a los abogados y partes procesales; debiéndose observar las medidas de bioseguridad necesarias en el primer caso.
- Las labores del personal jurisdiccional y administrativo se efectivizarán en forma presencial en la jornada laboral de 8 horas diarias, y 1 hora de refrigerio que no se computará como parte de la jornada laboral.
- El horario de trabajo presencial de 8 horas se establecerá por la Presidencia del Poder Judicial y los presidentes de las Cortes Superiores de Justicia, de acuerdo a la realidad y ubicación geográfica; dando cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
- El personal jurisdiccional y administrativo considerados vulnerables realizarán trabajo presencial o remoto, según la respectiva normativa. La vulnerabilidad debe ser acreditada con el informe clínico actualizado. El trabajo remoto se realizará conforme a lo establecido en la versión N° 4 del Reglamento “Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial”, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000408-2020-CE-PJ.
- El personal jurisdiccional y administrativo atenderán presencialmente a los abogados y partes procesales; debiéndose observar las medidas de bioseguridad necesarias.
- Los jueces llevarán a cabo las audiencias desde el despacho judicial respectivo, pudiendo estas desarrollarse de forma presencial o virtual; según sea el caso. Para las audiencias virtuales deberá aplicarse la normativa impartida para tal efecto, y a través del aplicativo Google Meet. En cuanto a las audiencias presenciales, la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República y de las Cortes Superiores de Justicia deberán adoptar las medidas sanitarias y de seguridad para tal efecto, a fin de preservar la salud de jueces, personal y usuarios judiciales.
Vigencia: Desde el 01/12/2022