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Establecen la conversión a plazas orgánicas en las instancias de gestión educativa descentralizada del sector educación

Tipo de Norma: Ley

Número de Norma: N° 31609

Fecha de Publicación: Jueves, 10 de noviembre de 2022

A través de la ley referida se establece la conversión de plazas eventuales a plazas orgánicas en las instancias de gestión educativa descentralizada del sector educación, comprendidas en el régimen laboral regulado por la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial.

En tal sentido, el Ministerio de Educación procede a convertir las plazas eventuales de especialistas en educación, directivos de institución educativa, jerárquicos, docentes y auxiliares de educación de la educación básica, educación técnico-productiva y programas educativos, en plazas orgánicas, siempre que se cumplan con ciertas condiciones.

Por último, se autoriza al Ministerio de Educación para que, mediante decreto supremo refrendado por el ministro de educación, apruebe las disposiciones complementarias que permitan, a partir del año 2022, implementar progresivamente la conversión de plazas eventuales a orgánicas en las modalidades de educación básica, educación técnico-productiva y programas educativos, comprendidos en el régimen laboral regulado por la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, en un plazo no mayor de 120 días calendario, contados a partir de la vigencia de la presente ley.

Vigencia: Desde el 11/11/2022

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.