Síguenos
Compra: 3.61
Venta: 3.45
Compra: 3.61
Venta: 3.45

Establecen disposiciones vinculadas a la contratación de personal de salud

Tipo Norma: Decreto de Urgencia
Número de Norma: Decreto de Urgencia Nº 053-2021
Fecha de Publicación: 2021.06.17

Mediante el presente Decreto tiene por objeto disponer medidas extraordinarias en materia económica y financiera vinculadas a los recursos humanos y formación en salud, con la finalidad de continuar garantizando la atención de salud durante la ampliación de la emergencia sanitaria generada por la COVID-19.

En ese sentido, se autoriza al Ministerio de Salud y a los Gobiernos Regionales la contratación de personal bajo la modalidad del régimen especial del Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, para fortalecer la oferta móvil de servicios de salud para la atención de casos confirmados y sospechosos de COVID-19 en los establecimientos del primer, segundo y tercer nivel de atención, durante los meses de junio a agosto de 2021. Los contratos administrativos de servicios que se suscriban en virtud de esta norma son de naturaleza estrictamente temporal y se celebran a plazo determinado. La suscripción de los contratos debe realizarse en un plazo de veinte (20) días hábiles a partir de la entrada en vigencia del presente dispositivo legal, periodo que incluye la solicitud de creación del registro de los mismos en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) del Ministerio de Economía y Finanzas, no pudiendo contratar sin el registro en el AIRHSP.

Asimismo, se autoriza excepcionalmente, por los meses de junio a agosto de 2021, a los establecimientos de salud del primer nivel de atención categorizados como I-3 y I-4, Equipos de Intervención Integral del Primer Nivel de Atención de Salud o de los Centros de Aislamiento Temporal y Seguimiento (CATS) del primer nivel de atención del Ministerio de Salud y Gobiernos Regionales, programar ampliaciones de turno a los profesionales de la salud comprendidos en los alcances del Decreto Legislativo N° 1153, Decreto Legislativo que regula la política integral de compensaciones y entregas económicas del personal de la salud al servicio del Estado, y del Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, para realizar servicios complementarios en salud, de hasta por un máximo de 8 turnos al mes y cada turno por un máximo de 12 horas por día, a efectos de incrementar la oferta de los servicios de salud que se requieren para la atención de casos sospechosos o confirmados de la COVID-19, exonerándoseles de lo dispuesto en los artículos 2 y 3 del Decreto Legislativo Nº 1154, Decreto Legislativo que autoriza los Servicios Complementarios en Salud, respecto a la necesidad de la suscripción de convenio y a las condiciones para su implementación. Para tal efecto, el jefe del establecimiento de salud debe solicitar la aprobación de la programación del servicio complementario ante la máxima autoridad administrativa de la unidad ejecutora a cargo del establecimiento de salud para la autorización correspondiente, quien asumirá la responsabilidad administrativa de validar que la programación sustentada se ajuste a la necesidad del servicio.

Además, se autoriza la entrega económica por prestaciones adicionales en salud de los técnicos asistenciales y auxiliares asistenciales de la salud en los establecimientos de salud del primer, segundo y tercer nivel de atención, en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19; así como la contratación de recursos humanos en salud para el fortalecimiento del acceso a los servicios de salud de los pueblos indígenas en el marco de la emergencia sanitaria por COVID-19; finalmente, se autoriza la contratación de médicos especialistas, al término de su residentado, para la atención de casos de COVID-19.

Vigencia: Desde el 18/06/2021

Ver Norma

What's your reaction?
Happy0
Lol0
Wow0
Wtf0
Sad0
Angry0
Rip0
Leave a Comment

HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.